Condiciones Generales
Artículo 1 – Definiciones
En estas condiciones se entenderá por:
Plazo de desistimiento: el período dentro del cual el consumidor puede ejercer su derecho de desistimiento.
Consumidor: la persona física que no actúa en el ejercicio de una profesión o actividad empresarial y que celebra un contrato a distancia con el empresario.
Día: día natural.
Contrato de duración: contrato a distancia relativo a una serie de productos y/o servicios cuya obligación de entrega y/o recepción se encuentra distribuida en el tiempo.
Soporte duradero: cualquier medio que permita al consumidor o al empresario almacenar información dirigida personalmente a él, de forma que permita su consulta futura y la reproducción intacta de la información almacenada.
Derecho de desistimiento: la posibilidad del consumidor de resolver el contrato a distancia dentro del plazo de desistimiento.
Empresario: la persona física o jurídica que ofrece productos y/o servicios a consumidores a distancia.
Contrato a distancia: contrato celebrado en el marco de un sistema organizado por el empresario para la venta a distancia de productos y/o servicios, en el que, hasta el momento de la conclusión del contrato, se utiliza exclusivamente una o varias técnicas de comunicación a distancia.
Técnica de comunicación a distancia: medio que puede utilizarse para celebrar un contrato sin que consumidor y empresario se reúnan simultáneamente en el mismo lugar.
Condiciones Generales: las presentes Condiciones Generales del empresario.
Artículo 2 – Derecho de desistimiento
El consumidor tiene derecho a desistir del contrato en un plazo de 30 días sin necesidad de indicar los motivos. Durante el plazo de desistimiento, el consumidor tratará el producto y su embalaje con cuidado.
Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, devolverá el producto con todos los accesorios entregados y, si es posible, en su estado original, de conformidad con las instrucciones razonables del empresario.
Artículo 3 – Aplicabilidad
Estas condiciones generales se aplican a toda oferta del empresario y a todo contrato a distancia y pedidos celebrados entre el empresario y el consumidor.
Antes de la conclusión del contrato a distancia, se pondrá a disposición del consumidor el texto de estas condiciones generales. Si ello no fuera razonablemente posible, se indicará, antes de la conclusión del contrato a distancia, que las condiciones generales están disponibles en el domicilio del empresario y que se enviarán al consumidor, a petición de este, lo antes posible y de forma gratuita.
Si el contrato a distancia se celebra por vía electrónica, y en derogación de lo anterior, el texto de estas condiciones generales podrá ponerse a disposición del consumidor por vía electrónica, antes de la conclusión del contrato, de forma que el consumidor pueda almacenarlo fácilmente en un soporte duradero. Si esto no fuera razonablemente posible, se indicará, antes de la conclusión del contrato, dónde pueden consultarse electrónicamente las condiciones generales y que, a petición del consumidor, se enviarán de forma gratuita por vía electrónica o por otros medios.
En caso de que, además de estas condiciones generales, sean aplicables condiciones específicas de productos o servicios, serán de aplicación, por analogía, los dos apartados anteriores, y, en caso de condiciones generales contradictorias, el consumidor podrá invocar siempre la disposición aplicable que le resulte más favorable.
Si una o varias disposiciones de estas condiciones generales fueran total o parcialmente nulas o anuladas en cualquier momento, el contrato y estas condiciones seguirán siendo válidos en lo restante, y la disposición afectada será sustituida de inmediato, de mutuo acuerdo, por otra que se aproxime lo máximo posible al propósito de la original.
Las situaciones no reguladas en estas condiciones generales deberán evaluarse “según el espíritu” de las mismas. Las dudas sobre la interpretación o contenido de una o varias disposiciones de nuestras condiciones deberán interpretarse igualmente “según el espíritu” de estas condiciones generales.
Artículo 4 – La oferta
Si una oferta tiene un período de validez limitado o está sujeta a condiciones, esto se indicará expresamente en la oferta. La oferta es sin compromiso. El empresario tiene derecho a modificar y ajustar la oferta.
La oferta contiene una descripción completa y precisa de los productos y/o servicios ofrecidos. La descripción es lo suficientemente detallada para permitir al consumidor una evaluación adecuada de la oferta.
Si el empresario utiliza imágenes, estas serán una representación fiel de los productos y/o servicios ofrecidos. Errores u equivocaciones evidentes en la oferta no vinculan al empresario.
Todas las imágenes y especificaciones de la oferta son indicativas y no pueden dar lugar a indemnización por daños ni a la resolución del contrato.
Las imágenes de los productos son una representación fiel de los productos ofrecidos, pero el empresario no puede garantizar que los colores mostrados coincidan exactamente con los colores reales de los productos.
Cada oferta contiene información suficiente para que el consumidor conozca claramente los derechos y obligaciones derivados de la aceptación de la oferta, y en particular:
– los posibles costes de envío;
– la forma en que se perfeccionará el contrato y las actuaciones necesarias para ello;
– la aplicabilidad o no del derecho de desistimiento;
– el método de pago, entrega y ejecución del contrato;
– el plazo para la aceptación de la oferta o el período durante el cual el empresario garantiza el precio;
– la tarifa aplicable al uso de la técnica de comunicación a distancia, si se calcula sobre una base distinta a la tarifa básica habitual del medio de comunicación utilizado;
– si, tras la celebración del contrato, este será archivado y, en su caso, la forma en que el consumidor podrá consultarlo;
– la manera en que el consumidor, antes de celebrar el contrato, puede comprobar y, en su caso, corregir los datos proporcionados por él en el marco del contrato;
– los posibles otros idiomas, además del neerlandés, en los que puede celebrarse el contrato;
– los códigos de conducta a los que el empresario se ha adherido y la forma en que el consumidor puede consultarlos electrónicamente;
– la duración mínima del contrato a distancia en caso de contrato de duración;
– opcionalmente: tallas disponibles, colores, tipos de materiales.
Artículo 5 – El contrato
Salvo lo dispuesto en el apartado 4, el contrato se perfecciona en el momento en que el consumidor acepta la oferta y cumple las condiciones establecidas.
Si el consumidor ha aceptado la oferta por vía electrónica, el empresario confirmará sin demora la recepción de la aceptación por la misma vía. Mientras el empresario no haya confirmado la recepción de esta aceptación, el consumidor podrá resolver el contrato.
Si el contrato se celebra electrónicamente, el empresario adoptará medidas técnicas y organizativas adecuadas para la seguridad de la transmisión electrónica de datos y garantizará un entorno web seguro. Si el consumidor puede pagar electrónicamente, el empresario observará las medidas de seguridad adecuadas a tal efecto.
El empresario podrá, dentro de los marcos legales, informarse sobre la capacidad del consumidor para cumplir sus obligaciones de pago, así como sobre todos los hechos y factores relevantes para la conclusión responsable del contrato a distancia. Si, a partir de esta investigación, el empresario tiene buenas razones para no celebrar el contrato, estará facultado para rechazar motivadamente un pedido o solicitud o para supeditar su ejecución a condiciones especiales.
Con el producto o servicio, el empresario facilitará al consumidor, por escrito o de forma que pueda ser almacenada por el consumidor en un soporte duradero y de acceso sencillo, la siguiente información:
– la dirección de visita del establecimiento del empresario donde el consumidor puede presentar reclamaciones;
– las condiciones y el modo en que el consumidor puede ejercer el derecho de desistimiento, o una declaración clara respecto de la exclusión del derecho de desistimiento;
– la información sobre garantías y servicios posventa existentes;
– los datos mencionados en el artículo 4, apartado 3 de estas condiciones, salvo que el empresario ya haya proporcionado dichos datos al consumidor antes de la ejecución del contrato;
– los requisitos para la resolución del contrato si este tiene una duración superior a un año o es de duración indefinida.
En caso de contrato de duración, lo dispuesto en el párrafo anterior solo se aplicará a la primera entrega. Todo contrato se celebra bajo la condición suspensiva de suficiente disponibilidad de los productos correspondientes.
Artículo 6 – Derecho de desistimiento
En la compra de productos, el consumidor podrá resolver el contrato sin indicar los motivos durante un plazo de 30 días.
Este plazo de reflexión comienza el día siguiente a la recepción del producto por el consumidor o por un tercero por él designado e informado al empresario, que no sea el transportista.
Durante el plazo de reflexión, el consumidor tratará el producto y su embalaje con cuidado. Solo desembalará o utilizará el producto en la medida necesaria para determinar si desea quedárselo.
Si ejerce su derecho de desistimiento, devolverá el producto con todos los accesorios entregados y, si es razonablemente posible, en su estado y embalaje originales, de conformidad con las instrucciones razonables y claras del empresario.
Cuando el consumidor desee ejercer su derecho de desistimiento, deberá comunicarlo al empresario dentro de los 30 días posteriores a la recepción del producto. Dicha comunicación deberá realizarla por escrito o por correo electrónico.
Tras comunicar su decisión de desistir, el consumidor deberá devolver el producto dentro de un plazo de 30 días. El consumidor debe poder probar que ha devuelto los bienes a tiempo, por ejemplo, mediante un justificante de envío.
Si, una vez transcurridos los plazos mencionados en los apartados 2 y 3, el consumidor no ha comunicado su deseo de desistir y/o no ha devuelto el producto al empresario, la compra se considerará firme.
Artículo 7 – Costes en caso de desistimiento
Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, los costes directos de la devolución de los productos correrán a su cargo.
Si el consumidor ha realizado algún pago, el empresario reembolsará dicho importe lo antes posible y, en todo caso, a más tardar dentro de 30 días a partir del desistimiento, siempre que el empresario haya recibido el producto devuelto o se presente una prueba concluyente del envío completo de la devolución.
Artículo 8 – Exclusión del derecho de desistimiento
El empresario puede excluir el derecho de desistimiento del consumidor para determinados productos según lo descrito en los apartados 2 y 3. La exclusión solo será válida si el empresario lo ha indicado claramente en la oferta, al menos antes de la celebración del contrato.
La exclusión del derecho de desistimiento solo es posible para productos:
– confeccionados por el empresario conforme a especificaciones del consumidor;
– claramente de carácter personal;
– que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos;
– que puedan deteriorarse o caducar con rapidez;
– cuyo precio esté sujeto a fluctuaciones del mercado financiero que el empresario no pueda controlar;
– periódicos y revistas sueltas;
– grabaciones de audio y vídeo y software informático cuyo precinto haya sido roto por el consumidor;
– productos higiénicos cuyo precinto haya sido roto por el consumidor.
Artículo 9 – El precio
Durante el período de validez indicado en la oferta, los precios de los productos y/o servicios ofrecidos no se incrementarán, salvo cambios de precio derivados de modificaciones en los tipos de IVA.
En derogación de lo anterior, el empresario podrá ofrecer productos o servicios con precios variables cuando dichos precios estén sujetos a fluctuaciones del mercado financiero que el empresario no pueda influir, indicando en la oferta esta vinculación a fluctuaciones y que los precios indicados pueden ser orientativos.
Los aumentos de precio dentro de los tres meses siguientes a la celebración del contrato solo están permitidos si se deben a disposiciones legales o reglamentarias.
Los aumentos de precio a partir de los tres meses desde la celebración del contrato solo están permitidos si el empresario lo ha estipulado y:
– se deben a disposiciones legales o reglamentarias; o
– el consumidor tiene la facultad de resolver el contrato a partir del día en que el aumento de precio surta efecto.
Todos los precios están sujetos a errores de impresión y tipográficos. No se aceptará responsabilidad por las consecuencias de dichos errores. En caso de errores de impresión o tipográficos, el empresario no estará obligado a suministrar el producto conforme al precio erróneo.
Artículo 10 – Conformidad y garantía
El empresario garantiza que los productos y/o servicios cumplen el contrato, las especificaciones indicadas en la oferta, los requisitos razonables de idoneidad y/o utilidad, y las disposiciones legales y/o reglamentarias vigentes en la fecha de celebración del contrato. Si así se acuerda, el empresario también garantiza que el producto es apto para un uso distinto del normal.
Una garantía otorgada por el empresario, fabricante o importador no afecta a los derechos legales y acciones del consumidor frente al empresario derivados del contrato.
Cualquier defecto o producto entregado por error deberá comunicarse por escrito al empresario dentro de los 30 días posteriores a la entrega. La devolución se realizará en el embalaje original y en estado nuevo.
El período de garantía del empresario coincide con el período de garantía de fábrica. No obstante, el empresario no será responsable de la idoneidad final de los productos para cada aplicación individual del consumidor, ni de ningún asesoramiento relativo al uso o aplicación de los productos.
La garantía no será aplicable si:
– el consumidor ha reparado y/o manipulado por sí mismo los productos entregados o los ha hecho reparar y/o manipular por terceros;
– los productos entregados han sido expuestos a condiciones anormales o se han tratado de manera negligente o contraria a las instrucciones del empresario y/o a las indicaciones del embalaje;
– la falta de conformidad es total o parcialmente consecuencia de disposiciones impuestas o que vayan a imponerse por las autoridades en relación con la naturaleza o calidad de los materiales utilizados.
Artículo 11 – Entrega y ejecución
El empresario pondrá el mayor cuidado en la recepción y ejecución de los pedidos de productos.
Con sujeción a lo dispuesto en el artículo 4 de estas condiciones, la empresa ejecutará los pedidos aceptados con la mayor celeridad posible y, en todo caso, a más tardar dentro de 30 días, salvo que el consumidor haya aceptado un plazo de entrega mayor.
Si la entrega sufre retraso, o si un pedido no puede ejecutarse o solo parcialmente, el consumidor recibirá notificación a más tardar 30 días después de haber realizado el pedido. En tal caso, el consumidor tendrá derecho a resolver el contrato sin coste alguno y a una eventual indemnización.
En caso de resolución conforme al párrafo anterior, el empresario reembolsará el importe pagado por el consumidor lo antes posible y, en todo caso, a más tardar dentro de 30 días desde la resolución.
Si la entrega de un producto pedido resultara imposible, el empresario se esforzará por poner a disposición un artículo sustitutivo. A más tardar en el momento de la entrega, se informará de forma clara y comprensible que se suministra un artículo de sustitución.
En el caso de artículos sustitutivos no podrá excluirse el derecho de desistimiento. Los costes de una posible devolución correrán a cargo del empresario.
El riesgo de daño y/o pérdida de los productos será del empresario hasta el momento de la entrega al consumidor o a un representante previamente designado por este e informado al empresario, salvo pacto expreso en contrario.
Artículo 12 – Contratos de duración: duración, rescisión y prórroga
Rescisión
El consumidor puede rescindir en cualquier momento un contrato celebrado por tiempo indefinido que tenga por objeto el suministro regular de productos (incluida la electricidad) o servicios, observando las reglas de rescisión acordadas y un plazo de preaviso máximo de un mes.
El consumidor puede rescindir, al final del término convenido, un contrato celebrado por tiempo determinado que tenga por objeto el suministro regular de productos (incluida la electricidad) o servicios, observando las reglas de rescisión acordadas y un plazo de preaviso máximo de un mes.
El consumidor podrá:
– rescindir en cualquier momento los contratos mencionados y no estará limitado a rescindir en un momento o período determinados;
– rescindir, como mínimo, por el mismo medio en que celebró el contrato;
– rescindir siempre con el mismo plazo de preaviso que el empresario se haya reservado para sí.
Prórroga
Un contrato celebrado por tiempo determinado y que tenga por objeto el suministro regular de productos (incluida la electricidad) o servicios no podrá prorrogarse o renovarse tácitamente por un período determinado.
En derogación de lo anterior, un contrato por tiempo determinado relativo al suministro regular de diarios, noticias y revistas podrá prorrogarse tácitamente por un período máximo de tres meses, siempre que el consumidor pueda rescindir el contrato prorrogado al final de la prórroga con un preaviso máximo de un mes.
Un contrato por tiempo determinado relativo al suministro regular de productos o servicios solo podrá prorrogarse tácitamente por tiempo indefinido si el consumidor puede rescindirlo en cualquier momento con un preaviso máximo de un mes y, en el caso de suministro regular pero con una frecuencia inferior a mensual de diarios, noticias y revistas, con un preaviso máximo de tres meses.
Un contrato de duración limitada para el suministro regular, a modo de prueba o introducción, de diarios, noticias y revistas (suscripción de prueba o introductoria) no se prorrogará tácitamente y finalizará automáticamente tras la compra del período de prueba o introducción.
Duración
Si un contrato tiene una duración superior a un año, el consumidor podrá rescindirlo en cualquier momento tras el primer año, con un plazo de preaviso máximo de un mes, salvo que la razonabilidad y la equidad se opongan a la rescisión antes del fin del plazo acordado.
Artículo 13 – Pago
Salvo pacto en contrario, los importes adeudados por el consumidor deberán abonarse dentro de los siete días laborables siguientes al inicio del plazo de reflexión a que se refiere el artículo 6, apartado 1.
En el caso de un contrato de prestación de servicios, este plazo comenzará una vez que el consumidor haya recibido la confirmación del contrato.
El consumidor tiene la obligación de comunicar sin demora al empresario cualquier inexactitud en los datos de pago proporcionados o indicados.
En caso de impago por parte del consumidor, el empresario, sin perjuicio de las limitaciones legales, tendrá derecho a repercutir los costes razonables comunicados previamente al consumidor.
Artículo 14 – Procedimiento de reclamaciones
Las reclamaciones sobre la ejecución del contrato deberán presentarse al empresario, completa y claramente descritas, dentro de los siete días siguientes a que el consumidor haya detectado los defectos.
Las reclamaciones presentadas al empresario se responderán en un plazo de 14 días a partir de la fecha de recepción.
Si una reclamación requiere un plazo de tramitación previsiblemente mayor, el empresario responderá dentro de los 14 días con un acuse de recibo y una indicación del plazo en el que el consumidor puede esperar una respuesta más detallada.
Si la reclamación no puede resolverse de mutuo acuerdo, surgirá una controversia susceptible del correspondiente procedimiento de resolución de disputas.
Una reclamación no suspende las obligaciones del empresario, salvo indicación escrita en contrario por parte de este.
Si una reclamación es considerada fundada por el empresario, este, a su elección, sustituirá o reparará gratuitamente los productos entregados.
Artículo 15 – Controversias
A los contratos celebrados entre el empresario y el consumidor a los que se aplican estas condiciones generales les será de aplicación exclusivamente el Derecho neerlandés, incluso si el consumidor reside en el extranjero.